Tanto los accidentes de trabajo como las enfermedades profesionales tienen su causa principal en la realización de una actividad laboral, pero existen diferencias destacables entre ambos.
Los accidentes, por definición, son hechos de carácter puntual y extraordinario que se producen en un momento dado. Por el contrario, las enfermedades laborales son afectaciones a la salud que se van produciendo poco a poco con la realización diaria del trabajo.
No solo debemos ser capaces de distinguir ambos, si no que también es preciso encontrar una causa directa achacable a la realización del trabajo para que tenga la consideración de accidente o enfermedad “laboral o de trabajo”.
Entrando más en detalle diremos que un accidente de trabajo es aquel que sufre un trabajador/a durante el desarrollo de sus funciones habituales o mientras se dirige o vuelve de su trabajo a casa (accidente “in itinere”). Este accidente puede tener consecuencias de muy distinta gravedad.
La enfermedad profesional es toda aquella dolencia cuya causa principal está directamente relacionada con el desempeño de una actividad profesional. También se considera como tal a toda aquella dolencia que, aun siendo previa, se agrave con el desempeño del trabajo. La aparición de la enfermedad suele ser paulatina, al contrario que en el caso del accidente y esta puede ir agravándose a lo largo del tiempo.
Es muy importante tener en cuenta que para que una enfermedad sea considerada como profesional, debe constar como tal en el Real Decreto 1299/2006 por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales.
Cualquier enfermedad que no conste el dicho cuadro no será considerada como tal, pasando entonces a la calificación de enfermedad común, o, si está directamente relacionada con el desempeño del trabajo, un accidente de trabajo.
Los accidentes de trabajo pueden producirse en diferentes circunstancias, aunque para ser considerado como tal, siempre son consecuencia directa del desarrollo de una actividad laboral.
De esta forma, la legislación laboral entiende que se considerarán accidentes de trabajo:
Algunos accidentes habituales en el trabajo son:
Como hemos dicho, la clave estará en que la enfermedad que suframos esté considerada como laboral en el cuadro de categorización de enfermedades profesionales. La clasificación que se realiza para estas es en grupos diferenciados:
En cualquiera de los casos, tanto la baja laboral por accidente de trabajo como por enfermedad profesional están especialmente protegidas conforme a la legislación laboral, ya que, por ejemplo, las prestaciones a cargo de la Seguridad Social son mayores, con respecto a enfermedad o accidente común.
Si has sufrido un accidente laboral o bien crees que sufres una enfermedad de carácter laboral, es importante asesorarte acerca de cuáles son tus derechos y de qué forma actuar para protegerlos.
Puedes contactar para ello con un abogado especializado, como los que encontrarás en nuestro despacho de Bilbao.